Descripción
El delito de lavado de activos es una forma de denominar el hecho de
reintroducir en el mercado legal dinero o activos provenientes de actividades
ilícitas precedentes. El fenómeno del lavado de activos se definiría por la
legitimación aparente del título relativo a bienes provenientes de la comisión de
delitos. Así, ya que el origen ilícito de las ganancias no desaparece (con la
conducta concreta del blanqueo, los bienes no quedan legitimados, sino que
siguen siendo tan ilegítimos como antes de la operación), se efectúan una serie
de actos dirigidos a otorgar, sobre el dominio de tales ganancias de origen ilícito,
una apariencia de legitimidad.
Algunas preguntas muy frecuentes acerca del tema de lavado de activos son las
siguientes: ¿se trata de un delito de conexión con un hecho del pasado o es un
delito totalmente autónomo?, ¿si fuera un delito de conexión, de qué tipo o
grado de conexión sería?, ¿absoluto, relativo?; ¿el hecho delictivo precedente
formaría parte integrante de la tipicidad del delito de lavado de activos?, ¿si es
así, qué elemento sería?, ¿“descriptivo” o “normativo”?; ¿es determinante
establecer la diferencia conceptual entre “origen delictivo” y “delito precedente”
para una correcta configuración típica del lavado de activos?; ¿resultará
fundamental realizar un sistematización legal en los ordenamientos
jurídico-penales de los países de numerus apertus o numerus clausus de hechos
delictivos precedentes en el delito de lavado de activos?; ¿es necesaria la
descripción del suceso fáctico del hecho delictivo precedente (ocurrido en un
tiempo y lugar determinado), en la cual se mencione a su presunto autor o
partícipe, así como el conocimiento o presunción de conocimiento del agente
sobre dicho delito previo, para no lesionar la garantía del derecho de defensa?
A estas y otras cuestiones responde el autor en este libro en un trabajo de
madurez excelentemente ejecutado y enriquecido con su experiencia
profesional como magistrado y docente.
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